Qué puedes hacer y qué no tras las nuevas restricciones en Madrid
Las medidas ya han entrado en vigor y afectan a 10 municipios de la Comunidad


Agentes de la policía haciendo controles informativos
© GTresA última hora de la noche del viernes entraron en vigor las nuevas medidas de restricciones en la Comunidad de Madrid. Los municipios que se ven afectados por estas nuevas restricciones son Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.
Se restringe la entrada y salida de personas en dichos lugares, salvo por motivos justificados, como, la asistencia a centros sanitarios, el cumplimiento de obligaciones laborales, la asistencia a centros educativos y universidades, el retorno al lugar de residencia habitual, el cuidado de mayores o dependientes.
La circulación dentro de los municipios también está permitida, pero siempre cumpliendo las medidas de distancia social así como las de protección individual. Además, se recomienda no hacer viajes ni desplazamientos innecesarios.
HORARIOS COMERCIALES LIMITADOS
En cuanto a los locales comerciales, no se podrá superar el 50 por ciento del aforo, y tendrán como hora de cierra máxima las 22 horas; los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al 50 por ciento tanto en el interior como en el exterior y se prohíbe el consumo en barra, mientras la ocupación de mesa sigue siendo de un máximo de 6 personas y no podrán admitir clientes a partir de las 22.00 horas y deberán cerrar a las 23.00 a excepción de los servicios de entrega a domicilio.

AFORO MÁXIMO
La asistencia a lugares de cultos no podrá superar un tercio de su aforo, y la asistencia a velatorios se limita a un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados, y en entierros se restringe a un máximo de 15 personas. La actividad que se realice en academias, autoescuelas y centros privados enseñanza no reglada se limita al 50 por ciento y podrá realizarse deporte en instalaciones deportivas siempre que no supere el 50 por ciento del aforo máximo permitido en espacios interiores y el 60 por ciento en espacios exteriores, y la práctica en grupo se limita a seis personas.
Asimismo, permanece vigente para toda la Comunidad la limitación de un número máximo de seis personas en las reuniones, tanto en el ámbito privado como en el ámbito público, salvo en caso de convivientes.
CONTROLES INFORMATIVOS
Por el momento, los controles que se están llevando a cabo son meramente informativos pues deben de ser ratificada por el TSJM.
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