No, tu empresa no puede obligarte a coger vacaciones durante el Estado de Alarma
Algunas compañías están forzando a sus plantillas a disfrutar de sus días libres durante la situación excepcional que vivimos, algo que no es legal


El empleado debe decidir cuándo serán sus vacaciones
© PixabayEl coronavirus ha dado lugar a un parón que ha desembocado en un impacto económico al que las empresas deben hacer frente. Con este objetivo prioritario se han puesto manos a la obra a la hora de buscar soluciones que, a veces, pueden chocar con los derechos de sus trabajadores. Algunas compañías están insistiendo en demasía para que su plantilla se coja vacaciones durante el Estado de Alarma . ¿Es legal?
En principio, como trabajador no pueden obligarte a consumir esos días libres. Es algo que podemos encontrar en el Artículo 38.2 del Estatuto de los Trabajadores: en él se apunta que las vacaciones son un derecho del empleado y que su disfrute debe fijarse de mutuo acuerdo entre las dos partes. Es más, aunque la empresa haya negociado una solución especial con el comité, sigue siendo ilegítimo.

A esto tenemos que añadir que la empresa no puede amenazar con sanciones o con el despido si estas personas se niegan a coger las vacaciones durante el Estado de Alarma. Sólo cabría una excepción en la que nos podrían obligar: los días de descanso obligado que están estipulados en el convenio colectivo de la compañía o del sector. O lo que es lo mismo: los periodos en los que está establecido su cierre. Si éstos coinciden con la situación en la que nos encontramos, sí podrían instarnos a ello.
Por otro lado, hay empresas que han enviado correos electrónicos a los trabajadores planteándoles la posibilidad de disfrutar de esos días libres para evitar un ERTE o un despido. En este caso no se trata de una práctica fuera de la ley porque no se está forzando a nada y no tienen la obligación de aceptar la propuesta.

Decir ‘no’
Si un miembro de la plantilla se niega a aceptar la imposición, puede ir a los tribunales. Allí serán los Juzgados de lo Social los encargados de resolver el conflicto ya que hay una modalidad concreta para lo relacionado con las vacaciones.
Eso sí, el empleado tiene que poder probar que se negó aunque luego acabara cogiéndose esas vacaciones. Con este fundamento podrían devolverle esos días libres que disfrutó sin su consentimiento. Sin embargo, si en algún momento accedió por voluntad propia se entenderá que hubo un acuerdo y no se podrá impugnar.
noticias relacionadas
Últimas noticias
- De vivir en una granja con gallinas a millonarios: ganan el mayor premio del Euromillones de la historia en Reino Unido
- El arqueólogo Eduardo Matos Moctezuma, Premio Princesa de Asturias de Ciencias Sociales
- El ‘top 10’ de las estancias más extrañas y maravillosas del mundo
- La honradez por montera: compra un mueble de segunda mano, encuentra 150.000 euros en él y… ¡los devuelve!