¿Qué se podrá hacer y qué no en Madrid y en los municipios con restricciones?
Se restringirían las salidas y entradas de las zonas afectadas, bares y restaurantes deberían cerrar a las 23.00 horas y se limitará el aforo en locales comerciales y velatorios

01 de Octubre 2020 / 10:55 CEST - TU OTRO DIARIO

Diez municipios de la Comunidad de Madrid se verán afectados por las restricciones
© GettyImagesLos alrededor de 7 millones de habitantes de la Comunidad de Madrid se han despertado esta mañana pendientes de las nuevas restricciones que parece, que con toda seguridad, comenzarán hacerse efectivas en las próximas horas en aquellas zonas donde el impacto del coronavirus ha sido mayor, entre ellas figuran la ciudad de Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz. Todas ellas, que cuentan con más de 100.000 habitantes, tienen una incidencia acumulada de más de 500 casos en los últimos 14 días, una tasa de positividad superior al 10% y una ocupación de camas UCI por coronavirus superior al 35%, deberán llevar a cabo las medidas establecidas por Sanidad. Pero, ¿qué se podrá hacer y qué no en los municipios con restricciones?

Restricciones de movilidad
Se restringirá la entrada y salida de personas, con algunas excepciones, entre las que figuran:
-La asistencia a centros sanitarios,
-Cumplimiento de obligaciones laborales
-Asistencia a centro de enseñanza
- Retorno al lugar de residencia habitual
- Cuidado de mayores, menores o personas dependientes
- Desplazamiento a entidades financieras que no puedan aplazarse
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial
- Realización de exámenes
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
Desplazamientos por carretera
La circulación por carreteras y viales que atraviesan los municipios estará permitida. No está permitida la movilidad innecesaria.
Reuniones
Se limita a seis personas las reuniones de cualquier actividad o eventos de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, salvo “que se trate de convivientes y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas”.

Aforos
-Comercios: 50% y cierre a las 22.00 horas
-Restauración: 50% en el interior, 60% en el exterior. El consumo en barra no estará permitido. Distancia de seguridad de 1,5 metros. La ocupación máxima será de seis personas por mesa. No podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas.
-Culto: 30% del aforo garantizando en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.
-Instalaciones deportivas: 50% en el interior, 60% en el exterior.
-Velatorios: el aforo en los velatorios será de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes, mientras que podrán participar en la comitiva fúnebre del entierro o cremación de la persona fallecida un máximo de quince personas.
- Centros privados de enseñanza: el aforo de autoescuelas, centros privados de enseñanzas no regladas y de formación será del 50 %.
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