¿Cómo puede afectar el coronavirus a tu declaración de la renta?
Con las oficinas cerradas por el Estado de Alarma, muchos ciudadanos se preguntan qué pasará con este trámite, cuya campaña arranca el 1 de abril


En principio, los plazos siguen intactos (Gtresonline).
© GTresEl coronavirus ha obligado al Gobierno a tomar una serie de medidas en diferentes niveles. Uno de ellos es el económico y aunque dentro de estas decisiones encontramos algunas fiscales, lo cierto es que ninguna hace referencia a la declaración de la renta. Teniendo en cuenta que el calendario de este trámite arranca el próximo 1 de abril, son muchos los que se están preguntando qué ocurrirá con el IRPF.
Hacienda tiene planeado seguir adelante con su hoja de ruta y mantiene los tiempos que ya fueron fijados para el inicio y el fin de la campaña de la renta 2019. De esta manera, a partir del mes que viene, podremos solicitar y confirmar el borrador a través de la web o presentar los documentos por teléfono con el programa ‘Te llamamos’. Con las fechas sobre la mesa, lo único que podría cambiar es el plazo para pedir cita previa.
- 1 abril: se abre el plazo para presentar el IRPF por internet y teléfono.
- 9 abril: ya se puede pedir cita previa, pero es posible que se retrase a una fecha más cercana al 13 de mayo.
- 13 mayo: empieza la presentación en las oficinas.
- 25 junio: acaba el período para presentar la declaración con domiciliación bancaria y resultado a ingresar.
- 30 junio: finaliza el plazo para presentar la declaración.

¿Habrá trámites presenciales?
Esta es una de las grandes dudas tanto para los contribuyentes como para la Agencia Tributaria. Actualmente las oficinas están cerradas y así seguirán hasta que finalice el Estado de Alarma. Sin embargo, el objetivo es mantener la presentación in situ de la renta para que los usuarios puedan acudir a los diferentes puntos físicos a partir del 13 de mayo. Si el Gobierno decide prolongar la situación actual, lo lógico es que se cancele esta vía y se busquen soluciones y fórmulas alternativas.
Las ayudas del coronavirus
Las ayudas para hacer frente al Covid-19 estarán exentas de tributar en el IRPF, pero será algo que tendremos que tener en cuenta en 2020. La razón es simple: la declaración que hagamos ahora será la de 2019 y, por lo tanto, no tendrán efecto sobre ella porque vamos a liquidar los impuestos del año pasado.
Llegado ese momento y si hemos tenido que recurrir a ellas, tendremos que repasar con atención el BOE para ver cómo afectan a nuestra próxima renta. A esto habrá que añadir que, para Hacienda, el paro es un segundo pagador. Si has sufrido un ERTE, un ERE o has perdido tu empleo y has empezado a cobrar la prestación, será como si hubieses trabajado para dos empresas y podrá afectar a tu obligación de presentar la declaración.
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